Viernes 29 de marzo de 2024
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¿En qué se diferencia el Impuesto de Sociedades del IRPF?

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    Si has iniciado un proyecto económico, independientemente de si eres Autónomo o Empresario, sabes que desde el primer día estás atado de obligaciones fiscales y legales que debes cumplir. 

    Entre las obligaciones fiscales a realizar, se encuentra la presentación de impuestos de forma trimestral o anual.

    No obstante, ciertos impuestos a cumplimentar y presentar, son diferentes en función de la tipología de negocio que hayas creado (Mediante alta en Autónomo o con la constitución de una Sociedad).

    En el articulo de hoy analizaremos dos de los impuestos más importantes (además del IVA) que afectan por separado a los Autónomos y Empresas

    El Impuesto de Sociedad (IS)

    El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

    ¿En qué se diferencia el Impuesto de Sociedades del IRPF?

    No existe un impuesto que sea inferior o superior al otro, ya que los dos impuestos son totalmente diferentes. No obstante, tienen una finalidad idéntica: Gravar la renta que se obtenga.

    Para el grupo de Autónomos (Personas físicas) con el IRPF, y para las Empresas (Personas jurídicas) con la presentación del Impuesto de Sociedades.

    Veamos los dos impuestos por separado para identificar claramente sus diferencias:

    ¿Quién debe realizar y presentar el Impuesto de Sociedades? 

    Se trata de un impuesto directo y personal, que grava la generación de renta por parte de las sociedades mercantiles (Sociedad Limitada, por ejemplo) dentro del territorio nacional.

    El Impuesto de Sociedades se calcula en función de la contabilidad de la empresa. Es decir, una vez obtenido el resultado contable, se calculará la Base Imponible que afectará para el resultado final y pago del impuesto.

    Desde el 01 de Enero de 2016, la cuota de Impuesto de Sociedades está situada en el 25%. Para los nuevos emprendedores en sus dos primeros años, esta cuota baja hasta el 15%.

    Es decir, si una empresa en la finalización de su ejercicio económico ha obtenido unos beneficios contables (y Base Imponible) de 10.000€, el impuesto de sociedades que deberá pagar será de 2.500€

    El impuesto de sociedades debe presentarte hasta el 25 de Juliol del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal.

    Es decir, una vez finalice el ejercicio de 2017, el Impuesto de Sociedades de 2017 deberá ser entregado y presentado en fecha 25 de Julio de 2018.

    ¿Quién debe realizar y presentar el IRPF?

    Por el contrario, el IRPF es un impuesto que grava las rentas generadas por las personas físicas en España.    (Por lo tanto, afecta a los Autónomos). 

    Es un impuesto directo y progresivo. Es decir, se incrementa la cuota a pagar en función del incremento de los ingresos.

    El cálculo de la Base Imponible necesaria para el cálculo del IRPF a pagar, dependerá de:

    -Los rendimientos del trabajo (Son los más comunes, y provienen por los ingresos que recibe un trabajador por cuenta ajena).

    -Los rendimientos por capital mobiliario .(Provienen por los dividendos o participaciones que tenga en una empresa. En acciones de una empresa del IBEX 35, por ejemplo).

    -Los rendimientos  de capital inmobiliario. (Provienen de los ingresos por alquileres)

    -Los rendimientos de actividad económica (Proviene por los ingresos obtenidos en un negocio por cuenta propia).

    En función de estos cuatro bloques, se obtiene la Base Imponible con la que se calcula la cuota de IRPF a pagar.

    Los tipos impositivos vienen establecidos por una tabla que suministra la Agencia Tributaria, con cuotas porcentuales que se pueden situar desde el 15% hasta el 35% o superior.

    ¿Con qué impuesto interesa más tributar? 

    Es posible que la pregunta no esté bien formulada, ya que en lugar de indicar “interesa”, seria más correcto decir ¿Qué impuesto estoy obligado a tributar? 

    El IRPF es el impuesto con el que deben tributar todas las personas físicas. Y por lo tanto, obligación para los Autónomos.

    Por el contrario, el Impuesto de Sociedades es de obligatorio cumplimiento para las Sociedades Mercantiles.

    Cabe destacar, que aunque la sociedad se encuentre en actividad nula o cese de actividad, también están obligados a presentar anualmente el impuesto de sociedades.

    Si bien es cierto, también es interesante calcular cual es el impuesto con el que es más aconsejable tributar si tenemos un negocio y estamos facturando.

    Con el Impuesto de Sociedades, sabemos que el tope máximo de tributación estará en el 25%.

    En cambio, el IRPF es un impuesto progresivo, y que a medida que la facturación crezca, la cuota de tributación también lo hará.

    Por lo tanto, es interesante empezar un proyecto como Autónomo, ya que durante los primeros años la Facturación será baja (se presupone). Y por lo tanto, el impuesto a pagar con IRPF seria menos que con el Impuesto de Sociedades.

    En el momento que el proyecto y negocio crece, es interesante calcular en qué valor económico (en función del volumen de Facturación) ya es más aconsejable hacer el salto hacía una Sociedad.

    Ya que es posible que en algún momento como Autónomo pudieras encontrarte que estás pagando de IRPF valores superiores al 25%.

     

    Como ves,  es importante tener conocimiento y conciencia sobre dos de los impuestos más importante con los que nos enfrontamos Autónomos y Empresas en nuestros negocios.

    El mejor consejo es trabajar con planificación y proyección, teniendo en cuenta todas las variables de Facturación y sus consecuencias con el pago de los impuestos.

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