Viernes 19 de abril de 2024
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

¿Cómo funciona la tarifa plana para Autónomos?

Tabla de contenidos
    Add a header to begin generating the table of contents

    ¿Tienes en mente lanzar un proyecto y quieres hacerlo mediante la figura del Autónomo? Pues bien, existe una posibilidad que te permitirá “acarrear” con un menor coste en la cuota de autónomo durante los primeros meses.

    Porque la realidad es así. Los inicios siempre suelen ser complicados, por ello, disponer de bonificaciones en la cuota del Autónomo permite empezar un proyecto con un poco más de tranquilidad.

    ¡Te lo contamos!

    ¿Cómo funciona la tarifa plana para Autónomos?

    Empecemos por el inicio. La tarifa plana para Autónomos es una bonificación en la cuota de autónomos que deben pagar mensualmente por estar dados de alta en el RETA.

    Bonificación que pueden acogerse aquellos Autónomos de nueva alta, o bien, los que no han estado de alta en el RETA en los dos últimos años.

    Dicha bonificación fue añadida a la ley 11/2013 del 26 de Julio, con el objetivo de apoyar al emprendedor y generar mayores estímulos para la creación de negocios.

    La tarifa plana no es mas que una reducción progresiva de la cuota mínima que el Autónomo debe pagar al mes, por estar dado de alta en el RETA:

    -Durante los 6 primeros meses, reducción el 80% de la cuota (Los conocidos como 50€ de tarifa plana). Con la nueva ley de Autónomos, aprobada pero de entrada en vigor a partir del 01 de Enero de 2018, este tramo pasará a ser de 1 año.

    -Durante los 6 meses siguientes, reducción del 50% de la cuota.

    -Durante los 6 meses siguientes, reducción del 30% de la cuota.

    -A partir del mes siguiente, pago de la cuota mínima del Autónomo: 275€

    ¿ Requisitos para poder solicitar la tarifa plana de Autónomos?

    Para poder ser beneficiario de las bonificaciones en la cuota de Autónomo, es indispensable cumplir con las siguientes condiciones:

    Haber estado dos años de baja en el RETA, o bien, ya hace 3 años desde la última solicitud de la bonificación de la tarifa plana de Autónomos. 

    -No tener ninguna deuda pendiente con la Seguridad Social.

    -No ser autónomo administrador de una Sociedad. 

    -No ser autónomo colaborador o con pluriactividad. Ya que dicho colectivo ya tiene sus propias bonificaciones.

    ¿Cuánto deberé pagar cada mes con la tarifa plana?

    Teniendo en cuenta los nuevos cambios aprobados en la nueva ley de Autónomos, y de aplicación a partir del 01 de Enero:

    1.-En los 12 primeros meses: Cuota fija de 50€ al mes. Que quiere decir un ahorro mensual de 225€, ya que la cuota de cotización normal está en los 275€.

    2.-Del mes 13 al 18: El pago de la cuota es un 50% inferior a la base de cotización mínima situada en los 275€. Es decir, durante 6 meses, el pago mensual será de 137,5€. El ahorro mensual será de 137,5.

    3.-Del mes 19 al 24: Se produce una reducción del 30% sobre la base de cotización mínima de 275€. El pago mensual será de 192,5€, existiendo un ahorro de 82,50€

    Si hacemos una regla de tres, nos damos cuenta que el ahorro durante todos estos meses es de 2.580€. 

    Esta es la gran ventaja en la bonificación de la tarifa plana. Ya que durante 2 años el ahorro es mayor a 2.500€, y eso sí, realmente estás cotización por la base de 275€.

    ¿Qué ocurre con los Autónomos que tiene trabajadores a su cargo? 

    Gracias a los cambios realizados en la nueva ley de Autónomos, existe la posibilidad de disponer y mantener la bonificación de la cuota de autónomos, pese a tener personal contratado.

    ¿Cómo me puedo dar de alta en la Tarifa Plana de Autónomo?

    La solicitud de la bonificación en la cuota de autónomo y la tarifa plana, debe producirse en el momento que te das de alta como Autónomo.

    Mucho cuidado con esto, ya que si realizas la solicitud a posterior, te será denegada.

    Los trámites serán los siguientes:

    -Alta en la agencia Tributaria antes de empezar con la actividad

    Desde sus oficinas o por internet (si dispones de Certificado Digital). Con el Alta censal estaréis comunicando a la Agencia Tributaria que inicias una nueva actividad profesional.

    Deberéis rellenar y completar el modelo 037.

    -Alta en la Seguridad Social

    Una vez tienes el alta de la Agencia Tributaria, el siguiente paso es solicitar el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

    Como en el caso de la Agencia Tributaria, puedes realizar este trámite físicamente en una de sus oficinas, o bien, por Internet con el modelo TA 0521.

    Dispones de 30 días para presentar el alta en el RETA desde que te dieron el alta en la Agencia Tributaria.

    Como ves, es una estupenda opción en los inicios de tu proyecto, si te planteas lanzarlo como Autónomo.

    Los inicios siempre pueden ser complicados, así que ayudas y reducción de costes iniciales te permitirán tener un mayor control de la liquidez y tesorería de tu negocio.

    BannerPrincipalBlueindic-01-01-01

    0 comentarios

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Artículos relacionados

    ¿Diferencias entre una Factura y un Ticket de Compra?

    ¿Diferencias entre una Factura y un Ticket de Compra?

    Explora las diferencias clave entre facturas y tickets en términos fiscales. Aprende cómo las facturas permiten deducir el IVA y su importancia en transacciones empresariales, a diferencia de los tickets o facturas simplificadas, esenciales pero con limitaciones en deducciones.

    LEER MÁS »